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¿Cuál es el número máximo de solicitudes diarias que puede presentar un representante voluntario?

I Convocatoria (empresas de entre 10 a menos de 50 empleados):

Cada representante voluntario (incluyendo, en su caso, a sus empresas asociadas y vinculadas) sólo podrá presentar un máximo de quinientas (500) solicitudes al día durante el plazo de presentación de estas, establecido en el apartado cuarto de la Convocatoria. 

II Convocatoria (empresas de entre 3 a menos de 10 empleados):

Cada representante voluntario (incluyendo, en su caso, a sus empresas asociadas y vinculadas) solo podrá presentar un máximo de quinientas (500) solicitudes al día, durante el plazo de presentación de estas establecido en el apartado vigesimotercero de la presente Convocatoria, cumpliendo asimismo los requisitos previstos en los Anexos I, II y VI de esta Convocatoria.

Este límite máximo diario podrá ser modificado por Red.es durante el plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado vigesimotercero de la presente Convocatoria, mediante Resolución del órgano concedente que será publicada en la Sede Electrónica de Red.es.

III Convocatoria (empresas de entre 0 a menos de 3 empleados):

Cada representante voluntario (incluyendo, en su caso, a sus empresas asociadas y vinculadas) solo podrá presentar un máximo de mil (1.000) solicitudes al día, durante el plazo de presentación de estas establecido en el apartado vigesimotercero de la presente Convocatoria, cumpliendo asimismo los requisitos previstos en los Anexos I, II y VI de esta Convocatoria.

Este límite máximo diario podrá ser modificado por Red.es durante el plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado vigesimotercero de la presente Convocatoria, mediante Resolución del órgano concedente que será publicada en la Sede Electrónica de Red.es.