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¿Qué ocurre si el beneficiario desiste de un “Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización”?

En caso de que el beneficiario desista de un Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización formalizado y validado, se notificará al Agente Digitalizador Adherido, de conformidad con el artículo 94.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, para que manifieste en un plazo de diez días hábiles su conformidad o disconformidad a dicho desistimiento.

Transcurrido el plazo anterior, Red.es resolverá el procedimiento, aceptando, en su caso, el desistimiento presentado por el beneficiario y retrotrayendo el bono al saldo anterior a la firma del referido Acuerdo.

En el caso de que el beneficiario desista una vez efectuado el primer pago del Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización formalizado y validado, devolverá voluntariamente la ayuda abonada, y en su caso, se iniciará previamente el procedimiento de reintegro de la ayuda abonada con base a ese desistimiento.