Ayudas a Pymes y Autónomos para compensar el sobrecoste energético en 2022

Importante: Ampliado el plazo hasta el 16 de octubre

 La Junta de Andalucía pone en marcha un nuevo paquete de ayudas directas para las pequeñas y medianas empresas y personas trabajadoras autónomas que se hayan visto especialmente afectadas por el incremento de precios de la energía provocado el pasado año por el impacto de la guerra en Ucrania, con el objetivo de cubrir los costes adicionales, provocados por la subida de los precios del gas y la electricidad, con pagos directos de entre 300 euros a 2.000.000 de euros, en función del sobrecoste sufrido por la empresa o autónomo. Su dotación es de 525 millones de euros procedentes del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) del marco 2014-2020.

Entre otros requisitos para acceder a estas ayudas, es obligatorio que la pyme o autónomo desarrolle su actividad económica en establecimientos ubicados en Andalucía, que sean titulares de contratos de gas natural y/o electricidad con empresas comercializadoras que operen en Andalucía y dispongan, al menos, de un punto de suministro (CUPS) en territorio andaluz, y se ha debido realizar durante el ejercicio 2021, al menos, una de las actividades económicas previstas en los códigos de la CNAE detallados en el Anexo I del Decreto-Ley, y mantenerla en el ejercicio 2022.

La ayuda se podrá solicitar a través de un sencillo formulario que sólo requerirá al solicitante sus datos personales, señalar la comercializadora que le ha provisto y facturado el gas natural y/o electricidad en el período comprendido entre el 1 de enero del 2021 al 31 de diciembre del 2022, y su cuenta bancaria para el ingreso de la subvención.

A continuación tendrá que suscribir una declaración responsable en la que exprese que cumple los requisitos para recibir la ayuda, que se ha visto afectado por la crisis energética en los términos que recoge el Decreto Ley, o que no ha recibido alguna otra ayuda de las incompatibles con esta norma.

Sólo en el caso de que la solicitud no la realice el beneficiario, sino un apoderado, se requerirá únicamente la acreditación del apoderamiento.

El cálculo de la ayuda se realizará de forma automatizada, por lo que no será necesario adjuntar documentación. El procedimiento de concesión de estas ayudas se iniciará a solicitud de la persona interesada y se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva, esto es, en orden de llegada de las solicitudes que vayan cumpliendo los requisitos, hasta agotar el crédito disponible (525 millones de euros).

El pago se hará efectivo tras la resolución favorable de solicitudes (se procederá al pago íntegro de la ayuda correspondiente antes del 31 de diciembre de 2023).

El plazo estará abierto para la presentación de solicitudes hasta el 30 de septiembre. Aviso: Ampliado plazo hasta el 16 de octubre

Para más información, pueden pinchar en el siguiente enlace.

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/areas/incentivos-empleo/ayudas-empresas/paginas/ayudas-sobrecoste-energetico.html?gclid=EAIaIQobChMI5_X7kv2XgQMVBuRRCh1Y7gaHEAAYASAAEgLk9fD_BwEX7kv2XgQMVBuRRCh1Y7gaHEAAYASAAEgLk9fD_BwE