¿A qué servicios digitales puedo asignar el Bono Digital?
Lo primero que tienes que saber es que la ayuda del Kit Digital puede destinarse a varios servicios, siempre y cuando se encuentren dentro de las 12 categorías o Soluciones digitales del Programa.
No obstante, cada Solución digital tiene una cuantía máxima, que varía según el segmento de empresa en el que te encuentres.
De forma general, el importe del bono que puedes invertir en cada solución es:
- Sitio web y Presencia en Internet, hasta 2.000€
- Comercio electrónico, hasta 2.000€
- Gestión de redes sociales, hasta 2.500€
- Gestión de clientes, hasta 4.000€
- BI y analítica, hasta 4.000€
- Servicios de oficina virtual, hasta 12.000€
- Gestión de procesos, hasta 6.000€
- Factura electrónica, hasta 1.000€
- Comunicaciones seguras, hasta 6.000€
- Ciberseguridad, hasta 6.000€
- Presencia Avanzada en Internet, hasta 2.000 €
- Marketplace, hasta 2.000 €
¿Puedo contratar servicios digitales que superen la cuantía de la ayuda?
Sí, pero tendrás que acordar con el Digitalizador el pago de la diferencia. Es decir, ese coste a mayores del Bono digital deberás asumirlo de manera independiente al contrato suscrito para el Bono digital.
¿Tiene que ser nuevo el servicio digital o puedo mejorar uno que ya tengo?
Puedes utilizar el Bono digital para mejorar un servicio que ya tengas y esté englobado en las 10 Soluciones digitales del Programa, siempre y cuando la mejora sea funcional y evidente.
Si quieres invertir en un servicio digital que tengas y esté dentro de las soluciones, debes estudiar si, por ejemplo, no cumple con los requisitos mínimos exigidos para la solución digital y, por tanto, la nueva solución adoptada, suponga esa mejora.
¿Puedo mejorar mi web con el Kit Digital?
Efectivamente, puedes, con mejoras funcionales aplicables, como por ejemplo:
Mejorar el alcance o ampliación de los servicios y/o funcionalidades. Inclusión de servicios como el de posicionamiento SEM, estadísticas web… También se incluyen las mejoras técnicas de rendimiento y de seguridad: inclusión de certificados SSL, de accesibilidad y experiencia del usuario, de la interfaz, como la adaptación a dispositivos móviles, etc. Aquí te lo explicamos más detalladamente.
¿Quién cobra la cuantía económica de las ayudas del Kit Digital?
El Agente Digitalizador que haya desarrollado la solución digital, previa justificación del servicio. Es decir, la empresa beneficiaria de las ayudas obtiene un Bono digital, que puede canjear en uno o varios servicios establecidos en el Programa.
¿Cómo saber qué número de trabajadores para determinar mi segmento de empresa del Kit Digital?
Para saber en qué segmento estás y, por tanto, en qué convocatoria puedes solicitar tu Bono digital, debes tener en cuenta el número de trabajadores según las horas cotizadas. Quiere decir que, si tienes un trabajador a media jornada, contabiliza la mitad, por ejemplo.
¿CÓMO ASEGURARTE?
PIDE EL CERTIFICADO DE PLANTILLA MEDIA
Para asegurarte, debes pedir el Informe de plantilla media de trabajadores en alta durante el último año, a través de la web de la Seguridad Social.
Si estás en el Segmento II (entre 3 y menos de 10 trabajadores) solicita la Plantilla media de los 12 meses previos a presentar tu solicitud.
* Antes de acceder a iniciar los trámites, cerciórate de tener instalado el certificado correspondiente, en el navegador que estés utilizando.
PASOS. Introduce esta información:
- “Régimen”: normalmente 0111
- “Cuenta de cotización”: En el primer recuadro el código de 2 dígitos de la provincia y en el segundo el número de la Seguridad Social de la empresa o autónomo como empleador.
- “Fecha desde”
- “Fecha hasta”
- “Tipo de impresión”: Online
Pulsamos el botón “Continuar” y descargamos el informe.
IMPORTANTE: AUTÓNOMOS / SOCIOS AUTÓNOMOS / AUTÓNOMOS COLABORADORES
En el caso de los autónomos, también cuenta como empleado el propio autónomo titular. Además, si el propio autónomo tiene familiares que trabajen con él, es decir, autónomos colaboradores, cada uno de ellos también cuentan como empleados.
En el caso de las empresas, si tienen socios autónomos que trabajen en ellas, también contabilizarán como trabajadores, pero, como no figuran en el Informe de plantilla media de trabajadores en alta, debes solicitar el informe del Régimen Especial Trabajadores Autónomos (RETA).
* Antes de acceder a iniciar los trámites, cerciórate de tener instalado el certificado correspondiente, en el navegador que estés utilizando.
Con esos dos informes, obtendrás la plantilla media para saber en qué convocatoria debes presentar tu solicitud del Programa Kit Digital.
¿Pueden las comunidades de bienes solicitar las ayudas del Kit Digital?
Red.es ha modificado las Bases Reguladoras del Programa Kit Digital, para que las comunidades de bienes pueden optar a ser beneficiarias de las ayudas del Programa Kit Digital. En concreto, las CB, constan como posibles beneficiarias, junto con las sociedades civiles con objeto mercantil, las sociedades civiles profesionales y las explotaciones agrarias de titularidad compartida que ejerzan una actividad económica, que podrán pedir las ayudas a la digitalización, siempre que su domicilio fiscal esté ubicado en territorio español. Más información.
¿Se pueden comprar equipos con el KIT DIGITAL?
No, estas ayudas solo pueden ser aplicada en los servicios de digitalización recogidas en la convocatoria y ofrecidas por Agentes Digitalizadores autorizados.